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Celebrada en Seúl, República de Corea,
en el mes de octubre del año 2004, ha dictado las resoluciones
y actualización del Código de Deontología, que se pasarán
a consignar:
RESOLUCIONES
Resolución Nº 1: Considerando
la innegable importancia que reviste el patrimonio inmaterial
y su papel que desempeña en la preservación de la diversidad
cultural,
1. Hace suya la Convención para
la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de
la UNESCO de 2003;
2. Insta a todos los Estados
a que ratifiquen dicha Convención;
3. Alienta a todos los países,
y especialmente a los países en desarrollo donde existe
una sólida tradición oral, a que creen un Fondo de Promoción
del Patrimonio Inmaterial;
4. Invita a todos los museos
dedicados al acopio, preservación y promoción del patrimonio
inmaterial a que presten una atención particular a la
conservación de todos los elementos archivados perecederos,
especialmente los recursos documentales y electrónicos
relativos al patrimonio;
5. Insta a las autoridades nacionales
y locales a que adopten y apliquen eficazmente leyes
y reglamentos apropiados para proteger el patrimonio
inmaterial;
6. Recomienda a las museos que
estén atentos y resistan a cualquier tentativa de uso
indebido a los recursos del patrimonio inmaterial, y
más concretamente a toda comercialización que no redunde
en beneficio de sus conservadores primordiales;
7. Insta a las Organizaciones
Regionales, los Comités Nacionales y a otros órganos
del ICOM a que colaboren estrechamente con organismos
locales en la elaboración y aplicación de esos instrumentos
jurídicos, así como la necesaria formación profesional
del personal encargado de su aplicación efectiva;
8. Recomienda que todos los
programas de formación de profesionales de museos recalquen
la importancia del patrimonio inmaterial y hagan que
la comprensión de éste constituya una exigencia para
la calificación profesional;
9. Recomienda asimismo que el
Consejo Ejecutivo, en colaboración con el Comité Internacional
para la Formación del Profesional (ICTOP), efectúe lo
antes posible las modificaciones necesarias en la Guías
de currículo para profesional en museos de ICOM (1971,
última revisión 1999);
10. Decide que la presente Resolución
será denominada desde ahora "Declaración de Seúl del
Consejo Internacional de Museos sobre el Patrimonio
Inmaterial".
Resolución Nº 2: Considerando
las resoluciones anteriores del ICOM (1986, 1989 y 2001),
así como la adopción de la recomendación E del informe
del Grupo de Trabajo sobre la Utilización de las Lenguas
del 9 de Febrero de 2004, en la que se dice que "sería
deseable que en la Asamblea General y las sesiones plenarias
de la Conferencia General se utilizase(n) la(s) lengua(s)
del país anfitrión, además de las tres lenguas oficiales",
1. Reitera la decisión de Barcelona
2001 de adoptar el español (castellano) como tercer
idioma oficial del ICOM;
2. Adopta en su totalidad la
Recomendación E del Informe del Grupo de Trabajo sobre
Utilización de las Lenguas.
Resolución Nº 3:
1. Insta al ICOM a que considere
la región árabe como una región prioritaria en su programa;
2. Insta asimismo al ICOM a
que realice en esa región actividades de formación de
profesionales del museo, proporcionando todo el apoyo
necesario para ello;
3. Invita a los Comités Internacionales
a que manifiesten su solidaridad con los esfuerzos que
realizan los museos árabes para lograr que se reconozca
su panel e importancia en la promoción del entendimiento
intercultural y de la diversidad cultural del mundo.
Resolución Nº 4. Recordando
la Resolución No. 2 de la 18ª Asamblea General del ICOM,
celebrada en Stavanger, Noruega, el 7 de Julio de 1995,
en la que se condena la destrucción deliberada del patrimonio
cultural durante los conflictos armados, Considerando
que el patrimonio material e inmaterial es un componente
fundamental de la identidad cultural, Consciente de
la vulnerabilidad de ese patrimonio y de nuestro deber
moral de velar que las generaciones presentes y venideras
tengan acceso al mismo,
1. Recalca la necesidad de que
todos los gobiernos ratifiquen la Convención de La Haya
de 1954 para la protección de la bienes culturales en
los conflicto armado y sus correspondientes Protocolos;
2. Invita al ICOM, los gobiernos,
el Comité internacional del Exudo Azul (ICBS) y las
organizaciones internacionales interesadas a que suministren
asistencia técnica y financiera a los países que han
sido víctimas de un conflicto armado, a fin de ayudarles
a documentar e inventariar su patrimonio cultural después
del conflicto;
3. Deplora y condena los saqueos
y actos de vandalismo contra toda institución de cualquier
país encargada del patrimonio cultural, como los que
por desgracia se perpetraron recientemente en Irak y
otros países;
4. Pide a la comunidad museística
internacional que elabore medidas de protección y preste
toda la ayuda necesaria para la reconstrucción de museos,
bibliotecas, monumentos y sitios, así como para la restitución
de las colecciones perdidas y la conservación y documentación
de las colecciones restantes.
Resolución Nº 5: Reconociendo
el bien fundamentado de la Resolución No. 2 sobre la
autonomía de los museos adoptada en la 20ª Asamblea
General del ICOM, celebrada en Barcelona, España, el
6 de Julio de 2001, Reitera los términos de dicha resolución,
con miras a que los museos logren una mayor autonomía
financiera y funcional.
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